lunes, 12 de noviembre de 2012

CENTRALIZACION ADMINISTRATIVA

La constitución es el instrumento jurídico mediante el cual se precisa la actividad del estado y se organizan los cuadros generales, políticos y administrativos, con ellos se cumplen los fines públicos.
El derecho administrativo regula, en forma pormenorizada, la organización y actividad de los entes que forman la administración pública.
La tarea de esos órdenes es crear órganos, dotarlos de facultades, relacionarlos entre si en estrecha vinculación y otorgarle la personalidad jurídica general al Estado, que a su vez es creador de otras personalidades públicas menores, como medio de llevar a cabo la competencia que le ha sido asignada.
Se llama centralización administrativa al régimen que establece la subordinación unitaria, coordinada y directa de los órganos administrativos al poder central, bajo los diferentes puntos de vista del nombramiento del ejercicio de sus funciones y la tutela jurídica, para satisfacer las necesidades públicas.
Todo esto nos indica que antes que cualquier cosa esta un documento supremo que se encarga de atribuir o permitir facultades a estos entes públicos de ahí nace por supuesto lo que base de la administración pública y sus facultades así como el autor nos señala, el derecho administrativo se encarga de los por menores de cómo debe ser llevado esta y a su vez de la creación de los órganos ejecutores de facultades otorgadas para el abastecimiento de las necesidades públicas, y lo que hace la centralización administrativa específicamente nos sugiere el párrafo anterior es poner bajo el control de un poder único y central ( EL ESTADO ) la creación, supervisión y organización de las distintas dependencias públicas.
Centralizar administrativamente es: reunir y coordinar facultades legales en un centro de poder o autoridad central superior, (El presidente) esto en materia federal por ser el jefe de la administración pública.
NOTA: Por determinación legal se excluyen de este régimen los entes públicos descentralizados.
La Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada.
Cómo se logra la unidad y la coordinación del poder Ejecutivo Federal.
El régimen de centralización administrativa federal, organiza exclusivamente al Poder ejecutivo federal, que se desenvuelve en un conjunto de órganos superiores, que mandan en relación de estricta dependencia; y de órganos que obedecen las órdenes e instrucciones de aquéllos ( dígase de otro modo no puedes llegar al tres sin haber pasado por el uno y el dos )
Es raro que un asunto llegue hasta el punto mas alto de la administración normalmente se quedan en niveles más bajos. La atención de los demás asuntos administrativos, se entrega a los órganos que tienen facultades de decisión en grados diversos y una competencia en una escala descendente de puestos burocráticos.
Esta facultad de mando y decisión mantienen la relación jerárquica y dan la unidad requerida al poder público. ¿Por qué? Aparentemente la respuesta es sencilla y es que no pueden deslindarse uno del otro por que hay un orden que seguir… si no tuvieran esa relación tan estrecha que mas daría pasarte el orden jerárquico. Pero como no puedes tienen que estar ahí para comunicarse e informar de los acontecimientos en caso de pasar a niveles superiores.

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